LA PRESUNCIÓN DEL CONOCIMIENTO DE LAS LEYES Y LA GACETA OFICIAL DE BOLIVIA
Con sorna se solía decir antes que en Bolivia sólo hacía falta una ley: Una que diga que todas las demás debían cumplirse. Y claro, el cumplimiento de las normas jurídicas iba camino de ser la excepción y no la regla.
Una de las paradojas del autodenominado "Estado de Derecho", es la presunción del conocimiento de las leyes por parte de la población iletrada y la de niveles de educación formal bajos. La difusión de las normas jurídicas entonces, fue algo esotérico para los no versados, y las formas de promulgación de las leyes sólo hacían asequibles a las mismas a determinados círculos de privilegiados que podían pagarse esa información.
El Derecho Penal, en esas circunstancias, ratificaba su segundo denominativo de "Derecho de los pobres" pues la población carcelaria abundaba -y aún abunda- en personas provenientes de los sectores perjudicados por la exclusión social.
Felizmente ya se empieza a entenderse que en la medida en que se eleve el grado de educación de los bolivianos, y en la proporción en que se socialicen las normas jurídicas, los ataques al Derecho serán menos frecuentes y más cerca estaremos de construir una sociedad pacífica y próspera.
Lo dicho tiene que ver con la gratuidad de la Gaceta Oficial de Bolivia y por la cual el ciudadano podrá acceder a la normativa jurídica en la red. No creemos que estemos en situación de eliminar la difusión de las normas jurídicas en soporte de papel, como lo hizo hace algunos años el Reino de España, pues no todos los bolivianos disponen de posibilidades de navegar en la Internet, pero esta nueva forma de acceder a la Gaceta Oficial de Bolivia es altamente encomiable.
El trasparentar y agilizar la difusión y acceso a la normativa jurídica que promulga el Órgano Ejecutivo, es un paso más en el camino de la lucha contra la corrupción y el delito, en la vigencia de los Derechos Humanos, así como en la socialización del orden jurídico para propiciar el desarrollo y la maduración institucional del Estado.
Data de junio de 2010 la presentación de la nueva Gaceta Oficial, en versión digital, con el objetivo de transparentar y agilizar la difusión y el acceso a las leyes y decretos del Órgano Ejecutivo.
El propósito del nuevo formato satisface la necesidad de académicos, profesionales y juristas, al asegurar que particularmente en el interior del país se garantice el acceso a las normas legales. Como beneficio agregado imaginemos a trabajadores y la población en general, cuando promueven o responden una demanda, cuando invocan un derecho y este derecho está consagrado en una norma legal que antes resultaba inaccesible. En cuando a las diversas naciones del estado boliviano, actualmente los internautas pueden efectuar consultas, además del español, en aymara, quechua y guaraní
Como se sabe, la gaceta está bajo responsabilidad de una dirección a cargo de optimizar la misión de publicar periódica, cronológica y oportunamente las leyes y decretos. La página web es: gacetaoficialdebolivia.gob.bo y su fondo documental incluye 50.000 documentos digitalizados
Es oportuno recordar que en el pasado se opusieron muchos reparos al funcionamiento de la Gaceta Oficial de Bolivia. Entre ellos la duplicidad de número de normas legales, la reserva de números para decretos de los que la población ignoraba su contenido, la falta de publicación de anexos a las normas con propósitos de encubrimiento (los contratos con las transnacionales de la actividad de hidrocarburos), la publicación parcial de las normas legales, etc.
Con el componente de la transparencia, los hechos y actos administrativos públicos han priorizado la modernización de la Gaceta, la cual fue posible con la colaboración de los gobiernos de Dinamarca, Suecia y Canadá .
Un último apunte: Es con la Ley de 17 de diciembre de 1956 (Artículo primero) que se encomienda a la Secretaría General de La Presidencia de la República –Hoy Presidencia del Estado Plurinacional- la publicación Gaceta Oficial, destinada a registrar las leyes, decretos y resoluciones supremas que promulgue el entonces Poder Ejecutivo de la Nación y con Decreto Supremo N° 05642 de 21 de noviembre de 1960 (Artículo segundo) se dispone que “los materiales publicados en Gaceta, tendrán validez de cita oficial, para los efectos legales y especialmente para el cómputo de términos judiciales y administrativos”
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